Relectura para saber si los supuestos siguen siendo básicamente sostenibles, 45 años después, porque las consecuencias han saltado todas las barreras de la ética.
Ha escrito el juez Garzón que «vivimos en tiempos de la vergüenza del terror, de la corrupción, de la guerra, del olvido, de la xenofobia, de las mordazas y las mentiras». Sobre todo de las mentiras, seguro. Sin ética, todo se desmorona, personal y socialmente.
Se ponen mil excusas y millones de razones para empujar la última barrera: la ley. Ni el sentido común, ni el corazón son capaces de contener la avalancha desencadenada, aunque haya víctimas. Millones de víctimas.
La trama de quien mueve la historia, bien intencionada a veces, tortuosa y violenta casi siempre, parte de la ignorancia y la falta de medios. Se mueve buscando derechos nuevos, de bienestar y progreso. Permite realizar un trabajo de ingeniería en el lenguaje, la semántica, la ética, la vida, el género y la familia.
Siempre preocupado por los derechos de la mujer, el viento progresista, soplaba fuerte y necesitaba apoyarse en hechos -reales o imaginarios-, más que en emociones, para avanzar. Soltaron la cometa para que la gente se ilusione. Desde lo alto nadie se preocupa de fronteras.
Una vez lanzado el globo, solo hay que esperar. Como dice un buen abogado: «los rumores son llevados por hipócritas, difundidos por tontos y aceptados por idiotas»(I. Urien).
Pienso que puede interesar fijarse en los hechos, se descubra lo que se descubra, sin prejuicios previos. La búsqueda de la verdad engrandece, se encuentre lo que se encuentre.
Los hechos y la sentencia judicial de 1973
En 1972 una joven de 23 años, estaba embarazada, se llamaba Norma McCorvey. Habló de ello, con otras jóvenes. Posiblemente tenía miedo.
Hay bastantes elementos que permiten una visión crítica de la sentencia, como la evolución de la legislación federal, la aparición de documentos de las deliberaciones de los tribunales, la cesión de documentos personales de algún juez, y la biografía de esta mujer, cuyo embarazo provoco el recurso. De esa documentación se puede destacar lo siguiente:
- Norma McCorvey no fue violada. (No hubo una violación por un grupo de pandilleros, como argumentó su abogada en la demanda, sino de un acto sexual consentido). ¿Mintió sobre su embarazo, o se utilizó para la demanda?
- Se sabe que su abogada, Sarah Weddington, vio una ocasión de oro. Presionó a Norma y manipuló el caso. De hecho cimentó su carrera política sobre este caso. ( 21 años después de conocer a Norma, la abogada, en una conferencia pronunciada en 1993, ante el Instituto de Ética de la Educación de Oklahoma, reconoció explícitamente que había manipulado el caso para solicitar el aborto ante la justicia).
- «En la sentencia Roe v. Wade de 22 de enero de 1973 el Tribunal legalizó el aborto en EEUU basándose en el derecho fundamental a la privacidad y en la inmunidad de la mujer frente la intromisión del poder público». (La decisión fue tomada por mayoría de siete votos (el presidente Burger, el ponente Blakmun, Powell, Stewart, Marshall, Brennan y Douglas), contra dos (White y Rehnqvist).
Pero si la privacidad no se cuestionaba, los jueces desenfocaron el debate. Como señala el abogado J.M.Vara González, Notario de Valdemoro, en su escrito «Roe v. Wade y la jurisprudencia de arte menor»: Los jueces han «desenfocando el debate jurídico«, ya que en el aborto no se trata de un conflicto entre el individuo y el poder público(Estado), «sino entre dos bienes jurídicos inconciliables en su plenitud: la libertad de la gestante y la vida del feto«.
La sentencia pretendía basarse «en criterios científicos», pero no lo hace. Según los magistrados, como había opiniones, optaron por aceptar un absurdo: «antes del nacimiento no hay vida». «Si disciplinas como la medicina, la filosofía y la teología no han sido capaces de llegar a ningún consenso, los juristas, en el actual estado de desarrollo del conocimiento humano, no estamos en posición de especular con la respuesta«. (Norma estaba en avanzado estado de gestación. De hecho dio a luz antes de que el tribunal dictara sentencia). El centro del debate era precisamente, esa vida.
- La resolución fue un abuso de jurisprudencia. a) Norma estaba en avanzado estado de gestación, no en los primeros meses y la demanda judicial era por ella. b) Cuando el Tribunal dictó sentencia, ella ya había dado a luz y los jueces lo sabían. Aún así, de forma maximalista, -suplantando incluso a los legisladores- legalizan el aborto separado incluso por trimestres. «Aunque el tribunal estuviera decidido a entrar en el fondo, la sentencia podía tener entonces sólo efectos declarativos, y no constitutivo de derechos, lo que limitaba su alcance derogatorio de las legislaciones estatales«. «Es jurisprudencia constante de la Corte Suprema que el tribunal nunca debe formular una regla de constitucionalidad más extensa que lo requerido por los hechos concretos a que ha de ser aplicada. El poder legislativo recae en exclusiva en el Congreso. Frente a esta regla, la sentencia “Roe” regula normativamente el derecho al aborto, pues al separar por trimestres sus consecuencias jurídicas, configura los contornos legales del derecho».
- Si Norma Lea McCorvey, la mujer cuyo embarazo provocó el recurso, había tenido a su hijo, la sentencia además de «innecesaria», fue «arbitraria». No debería tener otro rango que una orientación o un consejo. «Esta crítica es compartida por todos los sectores que han analizado jurídicamente la sentencia, incluso los más decididamente pro-choice». Las críticas han arreciado por el carácter literalmente “arbitrario” del criterio que fue reconocido por el propio ponente Blackmun en las deliberaciones, reveladas quince años después a través de la documentación personal del juez Douglas. «No podía desconocerse que el recurso se había planteado en el tercer trimestre de embarazo, situación que justificaba la legitimación de la demandante. Lo cierto es que el tribunal no solo entró a decidir sobre esos abortos tardíos, sino que también legalizó una situación que no afectaba personalmente a la demandante: los abortos del primer trimestre».
- La función del Supremo de EEUU es de estricto control constitucional y en absoluto legislativa. En todo caso, una jurisprudencia de arte menor, no debería afectar ni hacer cambiar la legislación de los otros Estados. Para derogar en bloque la ley discutida (el Código Penal tejano de 1854) y, la abundante normativa de otros estados sobre el tema, el Tribunal tenía que elevar el derecho de la mujer a abortar al rango de derecho fundamental, y ese no era el «derecho a abortar», sino el derecho a la privacidad, que no había sido cuestionado. En USA , si es previsible que el público la acepte, los grupos de presión e instituciones que tienen las riendas del poder lo apoyan, eso mismo harán los tribunales y las interpretaciones legales, lo dejarán como» establecido». ..sucedió justo a la inversa. Fue aceptado y quedó como «establecido», porque el Tribunal quiso saltar su jurisdicción y el caso concreto.
CONCLUSION:
La mano de los PODERES que mueven los hilos contra la vida, dejó en esta tortuosa sentencia dos consecuencias de alcance universal que afectan a la humanidad y a la ética:
1) La implantación de la ley del aborto libre en USA . Base del cambio en el mundo.
2) El origen del negocio del aborto, (el tercero más importante o después de las armas y la droga), que ha costado la vida a cientos de millones de seres inocentes.
La implantación, en los diversos países, ha seguido el mismo criterio de USA: a) alarma sobre supuestas violaciones; b) falsas denuncias; c) adaptación del lenguaje en la sociedad para minar o rebajar los criterios de la ética y la humanidad, para… d) terminar implantando «por ley» los supuestos derechos del más fuerte sobre el más débil. Se emplean y se aceptan sofismas. (Un sofisma es una argumentación falsa, con apariencia verdadera). Se fuerza el cambio de la ley para, con un rodeo, volver a ella, legalizando la desigualdad.
Después de la sentencia del Tribunal sobre Norma McCorvey, activistas del movimiento «pro-elección, jueces y políticos de esa ideología han buscado el acceso ilimitado a la «salud sexual y reproductiva» con los servicios que conlleva, garantizarlos por ley, como «nuevos derechos de la mujer» para empoderamiento de la niña y/o la mujer.
Hoy se ha eliminado en el lenguaje, la palabra «aborto», sustituido por «derecho a decidir», o a «elegir», de la mujer. Como mucho se habla de IVE (interrupción voluntaria del embarazo).
Se enmascara y oculta la vida del hijo y su derecho fundamental a la vida, con «la planificación». El «movimiento pro-elección» se potencia, se apoya y subvenciona institucionalmente, en contra del «movimiento pro-vida».
Hoy cualquier madre, puede escuchar el latido de su bebé, incluso desde el móvil.
https://youtu.be/I30pBB08k9Q
Desde la ONU y desde los países desarrollados se hacen programas y se otorgan subvenciones destinadas a países menos desarrollados para informar e implantar la «salud sexual y reproductiva», que «todos» saben lo que quieren decir. Todos, ¿menos las instituciones que financian los programas y dejan en manos de fundaciones o ONGs?
La «salud sexual y reproductiva» o el «derecho a decidir» o el «aborto libre, seguro y gratuito», se ha convertido en una palanca para el desarrollo de la mujer. También se ha convertido en el último anticonceptivo, si fallan otros.
Esa «ley» es la llave para acceder a la educación sexual desde la más tierna infancia en colegios y escuelas.
Y también se utiliza para eliminar leyes que entorpecen derechos reproductivos, como los derechos de terceras partes, es decir, del padre de la criatura, o la autorización parental de la mujer, en el caso de las menores.
De los derechos del hijo concebido y las consecuencias personales para la mujer que aborta, no se habla. La privacidad de la mujer, que supuestamente «garantizaba la sentencia» contra los poderes públicos, se ha convertido en un poder para que los poderes públicos puedan acceder a su reducto más intimo, donde anida la vida.
La mentira, la manipulación y una sentencia desenfocada y abusiva está en el origen de los supuestos derechos de la mujer, pero también en el fin de muchas vidas. El precio de esa «salud sexual», aunque la pague el Estado, siempre es «una vida».
¿Por qué, después de 45 años, no se revisa esa sentencia?
Muchos se responden: Porque al ser pequeños, no poder votar, ni manifestarse se les ignora. Los millones de afectados por la sentencia-cada año-, no pueden alzarse, como hicieron los esclavos, contra las leyes que permitían la esclavitud, ni como los negros, contra las leyes que permitían el racismo y la segregación, o como hicieron las mujeres, contra las leyes que no las permitían votar o contra las injustas condiciones de trabajo.
Tal vez quienes tienen vida y dicen defender el derecho a vivir, escuchen «el grito del silencio» y no sean ciegos, ni mudos.
José Manuel Belmonte