EQUO considera una “sentencia histórica” la anulación por parte del Tribunal Supremo del Plan del Tajo, y considera que supone un punto de partida para lograr el cumplimiento de la legislación europea en materia de agua, conforme a la Directiva Marco del Agua.
En este sentido, el Tribunal Supremo ha dictaminado la nulidad de diferentes artículos del Real Decreto de 2016 que aprobaba el Plan Hidrológico de la Cuenca del Tajo. En el citado decreto se afirmaba que los caudales ecológicos no serían exigibles en el horizonte temporal de dicho Plan, lo que condenaba, en opinión del partido verde, al río Tajo y sus afluentes a depender de las supuestas necesidades fijadas por los usuarios del trasvase Tajo-Segura.
El recurso interpuesto por las diferentes asociaciones ciudadanas y ambientales (Plataforma en Defensa de los ríos Tajo y Alberche, Grupo de Acción para el Medio Ambiente, Plataforma de Toledo en Defensa del Tajo, Asociación de Municipios Ribereños de los embalses de Entrepeñas y Buendía, y el Ayuntamiento de Mantiel (Guadalajara), denunciaba el incumplimiento de los caudales ecológicos fijados en el Documento de Esquema de Temas Importantes aprobado por la propia Confederación del Tajo en 2010, que sí cumplía con la legislación europea sobre la conservación de las masas de agua.
Con esta sentencia, las demandas de dichas asociaciones son prioritarias a cualquier otro uso, incluido las del trasvase Tajo-Segura, que tendrán que supeditarse a dichos caudales ecológicos en los municipios de cabecera, así como en los municipios de Aranjuez, Toledo y Talavera de la Reina, que no garantizaban el caudal mínimo para evitar la degradación ambiental del curso del agua, su cauce y su ribera. Entre otras medidas, se tendrán que aumentar los 400 Hm cúbicos que fijaba el real decreto ahora anulado.
EQUO considera esta sentencia como un precedente fundamental en la gestión de los ríos y sus cuencas, porque determina como prioritarios los términos que marca la legislación europea, como son, la buena conservación ambiental de las aguas, la prioridad de las cuencas cedentes ante cualquier otra demanda de las cuencas receptoras, así como los caudales ecológicos necesarios para hacer posible esas condiciones.
“Igualmente, hay que señalar que esta sentencia es un éxito de la sociedad en general y de las asociaciones que durante estos años han defendido el río Tajo y sus afluentes y denunciado la degradación de los mismos. Aunque el presidente de la comunidad, el señor García Page, ha sido el primero en apuntarse al éxito de la sentencia hay que recordar que las políticas llevadas a cabo por su gobierno y anteriores gobiernos del PP, no estaban destinadas a la conservación ambiental de los ríos de la comunidad, sino a su aprovechamiento de manera muy similar a como se realiza en las comunidades del Levante” ha declarado el coportavoz de EQUO en Castilla- La Mancha, Jose Antonio Peñaranda. También ha recordado que “la sobreexplotación del Guadiana y los humedales como las Tablas de Daimiel, o el Júcar en las provincias de Cuenca y Albacete, por la extensión incontrolada de regadíos, han llevado al colapso a los acuíferos que mantenían el equilibrio del sistema. Por no hablar de la contaminación derivada de la multiplicación de explotaciones ganaderas intensivas, que han proliferado en la región, con denuncias y sentencias contra la Junta, por no haber gestionado conforme a la ley los vertidos de esas instalaciones”.
EQUO Castilla La Mancha
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