(*) Dirigido a Antonio Román y Juan Antonio de las Heras, ex alcalde y ex portavoz municipal, respectivamente, del Ayuntamiento de Guadalajara por el Partido Popular a fecha de la aprobación, mayo de 2009, de la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana, concerniente a la “Ciudad del Transporte”
Acaso, señores, les sorprenda parte de lo que sigue, teniendo en cuenta mi trayectoria de militante/simpatizante del PSOE desde 1977, pero es preciso que para encuadrarlo sepan que no me atan fidelidades o afectos personales ni compartir rótulo partidario. Sí me atan los principios, de los que me parece que a muchos sirven para provecho propio, empezando por numerosos políticos profesionales que hasta acaban, ya es fatalidad, acaparando altas designaciones que la política concede sin capacidad ni mérito.
El espectacular y productivo Valle del Henares fenece a consecuencia del urbanismo salvaje desde unas seis décadas atrás. Lo hacen irreconocible polígonos industriales, inacabables urbanizaciones y desarrollos logísticos –hasta autorizados en zonas inundables de Guadalajara y Azuqueca- que tanto ansían políticos inconscientes y cortoplacistas, con lo que expreso la más compasiva de mis apreciaciones en este particular. También, no iban a faltar, campos de golf –finca de El Encín, en Alcalá de Henares- mediando resoluciones que el Tribunal Supremo declaró nulas; aviso a navegantes.
Como ustedes saben, la operación estrella en el Valle del Henares corresponde a la “Ciudad del Transporte” de Marchamalo y Guadalajara. No bastaba con la atrocidad de Valdeluz, en la que sacaron tajada traficantes de suelo en primeras y sucesivas transacciones. Espléndidos parajes mesetarios trasmutaron en un horroroso panorama urbanístico y paisajístico y me pregunto por qué nadie tomó la precaución de exigir caución bastante para reponer el suelo una vez fracasada aquella espantosa iniciativa.
La Ciudad del Transporte es un ámbito de más de 2 millones de metros cuadrados de los mejores suelos de cultivo del país que queda inhábil como suelo agrícola para las generaciones futuras, incluido por el sellado de suelos que afecta y de qué modo a las capas freáticas. Está incluida en la zona regable del Canal del Henares que es, por ley, una infraestructura de interés general, lo cual necesariamente conocían ustedes así como el hecho de que las Administraciones Públicas siguen invirtiendo en esos regadíos, digo que será porque el suelo lo justifica.
Se trata de suelo especialmente protegido por su alta productividad agrícola, SRP.3 según el PGOU. Los Ayuntamientos de Guadalajara y Marchamalo, inexplicada e inexplicadamente, aprobaron inicialmente en 2009 la propuesta de un agente urbanizador, tras el que se parapetan promotores y constructores provinciales, para declararlo urbanizable ignorando su protección especial, llegando a omitir motivar que el suelo hubiera perdido sus valores de protección por lo que, al menos para el lector familiarizado con el urbanismo, el asunto tiene miga.
Que la tramitación de la reclasificación tiene sombras lo testimonian varias actas de su Ayuntamiento según las cuales ustedes se explayaron bien a gusto. Los concejales conocían el impedimento que suponía, y supone, la protección jurídica del suelo y la imposibilidad legal de reclasificarlo sin más; eso sí, unos más que otros y no todos con la misma responsabilidad. En todo caso ustedes saben que se ese suelo reclasificó sin más por lo que sigue:
- Acta del Pleno de 02-05-2007: “Por el Grupo Popular su Portavoz, Sr. Román,… la Ciudad del Transporte se fraguó en un despacho de la Junta de Comunidades con determinados empresarios, limitándose el Ayuntamiento a ser una «madre de alquiler» de la idea y sin consenso de los Grupos Municipales en un tema tan importante como la reclasificación de suelo rústico con protección agrícola en suelo urbanizable,… zona de alta productividad agraria medio ambiental y paisajísticamente protegida…”.
Sr. Román, las madres de alquiler, por definición, cobran, y así en USA un vientre de alquiler puede suponer unos 100.000$. Según su parecer como Portavoz en 2007 ¿alguien pago y alguien cobró y, en su caso, cuánto? ¿Puede aclararlo?
- Acta del Pleno de 30-01-2009: “Por el Grupo Popular su Portavoz, Sr. De las Heras, incide que al Grupo Popular le hubiera gustado otra ubicación, dado el alto valor medioambiental y arqueológico de la ubicación propuesta”.
Observación del concejal de urbanismo. Según las actas la protección abarcaba varios aspectos, sobre todo la especial por alta productividad del suelo que nadie podrá negar salvo interés o necedad de por medio. Sr. Román, usted fue elegido Alcalde en el mismo mes de ese acta y a pesar de conocer desde hacía años la protección del suelo –que aún no ha perdido, de modo que se está urbanizando y edificando en este momento en un suelo que mantiene sus valores de protección que es lo que realmente cuenta a efectos legales y jurisprudenciales- propuso aprobar la reclasificación al incorporarla al orden del día y votó, con su grupo, a favor; eso sí, sembrando la sospecha de que el Gobierno Regional dio supuesto trato de favor a “determinados empresarios”. Sr. Román ¿de qué empresarios se trataba y cómo es que usted tenía tal información?
Asombra que con tal conocimiento de la protección jurídica del suelo el Grupo Popular comandado por ustedes votara desclasificarlo teniendo mayoría para impedirlo; parece, pues, que ustedes cedieron al interés del Agente Urbanizador quebrando el interés general declarado por ley para las infraestructuras de riegos y por ende para el suelo protegido según el PGOU ¿Qué justificaba su cambio de parecer? ¿Por qué el PP votó como lo hizo? No sería por interés general, según mi parecer, y si lo fue según el suyo, aclárenlo a la ciudadanía.
Saben ustedes que el deber legal de los Ayuntamientos, y por tanto de los Alcaldes y Concejales de ambos, era y es preservar ese suelo, cosa que las obras en marcha a esta fecha desmienten dejando en evidencia que no existe preservación alguna, sino destrucción irreversible del suelo. Aclaren, pues, ¿qué hicieron ustedes por preservar de la calamidad destructora de los procesos urbanizador y edificatorio un suelo especialmente protegido?
Ustedes conocían gravísimos impedimentos jurídicos para reclasificar el suelo, como que
- El carácter reglado del suelo clasificado SRP.3 prohíbe aplicar la discrecionalidad, ius variandi, para recalificarlo. Parece, a la vista del expediente administrativo, que esa prohibición no contó a la hora de votar a favor de la desclasificación.
- La exigencia de motivación para desclasificar suelo protegido es extrema pues requiere de informes científicos. ¿Dónde están esos informes? ¿Los pidieron? y si fue así ¿acaso se escondieron porque irían contra el proyecto? Parece que los informes científicos ni se pidieron y ante ello ¿por qué no se pidieron informes científicos que eran requisito fundamental para motivar la resolución de la aprobación inicial? El Tribunal Supremo ha anulado reclasificaciones de suelo especialmente protegido por inexistir tales informes
- Incluso si el suelo se hubiera degradado, sólo era posible la desclasificación si concurría que fuera irreversible y por causas naturales. ¿Había perdido uno de los mejores suelos agrícolas de España su especial protección, en este caso su elevada productividad? Díganlo de cara a los agricultores de la zona y a las Administraciones que siguen invirtiendo en los regadíos del Henares, pero sobre todo con argumentos de peso.
- Se vulneró la doctrina del Tribunal Supremo sobre el uso racional de los recursos racionales. Ustedes tenían el deber de defender los principios de desarrollo territorial y urbano, sabiendo que el suelo no era reclasificable a urbanizable ni siquiera perdiendo sus valores por causa natural si fuera recuperable.
- Era de aplicación la “cláusula de no regresión en materia de urbanismo y medio ambiente” –aquella de “Santa Rita, Santa Rita, lo protegido no se desclasifica” que con profusión invoca el Tribunal Supremo- pero ni siquiera esa cláusula les impidió apoyar la modificación del PGOU por la cual se reclasificaba a urbanizable un suelo clasificado como de especial protección y sobre lo que no cabía “marcha atrás”.
Sin duda que ustedes, y otros, le deben a la ciudanía unas cuantas aclaraciones y en particular a la de Guadalajara. Incluido lo relativo al “despacho de Toledo,”, a ver si de esa brizna sale un ovillo/enredo de interés mediático que sería lo último que quisieran algunos. Ya saben lo que pasó con la autorización del mega proyecto de “El Pocero” en Seseña con aquella celebérrima reunión en un “despacho de Toledo” la víspera del pleno municipal que lo autorizó.
Quiero dejar constancia de que gracias al buen hacer profesional de un funcionario municipal la compensación urbanística hubo de pasar del 10% al 15%, cosa que no complació a los propietarios del suelo. Eso supone unos cuantos millones de euros para las arcas municipales. Nadie más se había atrevido a ponerlo sobre papel. Muchos saben en Guadalajara el trato recibido por dicho funcionario.
Atentamente y a la espera de sus aclaraciones.
Fernando Jabonero, exportavoz municipal del PSOE en el Ayuntamiento de Pastrana
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