M.A.G.P., vecina de Cabanillas del Campo, ha sido condenada a una pena de cinco años y un día de prisión por el rapto de un bebé recién nacido del hospital de Guadalajara en febrero de 2019, según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha en un comunicado.
Según estas fuentes, la sentencia de la Audiencia Provincial de Guadalajara condena además a esta mujer indemnizar a los padres del bebé en la cantidad de a J.I.P.M. en la cantidad de 640 euros en concepto de responsabilidad civil (40 euros a J.I.P.M., y 600 a L.M.P.), más otros 1.000 euros a ambos progenitores por daños morales.
Además, a la condenada se le descontará de esta pena el tiempo que lleva en prisión preventiva, esto es, desde el 22 de febrero de 2016, por lo que a la vista de la condena total, la misma podría conseguir el 3º grado en breve y la libertad condicional.
Los hechos tuvieron lugar sobre las 10 horas del día 2 de febrero de 2019, la acusada M.A.G.P., mayor de edad y con antecedentes penales cancelables, se dirigió a la planta cuarta de maternidad del Hospital Universitario de Guadalajara y, vistiendo una bata blanca de personal sanitario se introdujo en la habitación nº 412 donde se encontraban L.M.P. y J.I.P.M. con su bebé recién nacido el día 30 de enero de 2016.
Allí, simuló ser pediatra del hospital y con el pretexto de la necesidad de hacer una prueba médica al bebé, lo cogió y se lo llevó saliendo del centro hospitalario sobre las 10:20 horas; todo ello sin el conocimiento ni consentimiento de los progenitores y titulares de la guarda del bebé.
Nada más producirse el robo del bebé, se montó un amplio dispositivo policial por toda la provincia y se difundió la imagen de la supuesta secuestradora en redes sociales, centros de salud y farmacias.
Fue precisamente una farmacéutica de Cabanillas del Campo quien resultó vital para esclarecer el secuestro, que apenas duró unas horas.
Esta farmacéutica avisó a la Policía y les mostró una grabación de una mujer que había ido a comprar leche en polvo y que coincidía con las características de las imágenes que la policía nacional había distribuido previamente por este tipo de establecimientos.
Este aviso permitió a la policía nacional y la local de Cabanillas realizar el cierre de los accesos de Cabanillas cuando apenas había transcurrido media hora desde que tuvo lugar el secuestro.
Y es que la investigación se había centrado rápidamente en Cabanillas donde, supuestamente, había un caso de alumbramiento de un bebé en los días anteriores, que había fallecido, rumor que había puesto en circulación la propia acusada días antes del secuestro, y que ahora la sentencia ha demostrado como falso.
Cuando los agentes acudieron a ese domicilio, sito en la calle Los Sauces, sobre las 13,15 horas, apenas tres horas después del rapto, se comprobó que la persona coincidía con las imágenes de la sustracción del bebé, por lo que procedieron a retirárselo a la acusada y devolvérselo a sus padres.
Tras ser puesta a disposición judicial, el juzgado de Instrucción número 1 de Guadalajara dejó en un primer momento en libertad a esta mujer, aunque con con determinadas medidas cautelares de restricción de movimientos, como la de prohibirle salir de la provincia de Guadalajara o la de visitar el Hospital General Universitario sin permiso judicial, además de la obligación apud acta de comparecer semanalmente ante el juzgado.
Sin embargo, unos días después, el 22 de febrero, a la vista de las nuevas pruebas periciales y policiales aportadas, el juzgado cambió su criterio y decretó el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza de la mujer, situación en la que se encuentra desde entonces.
Los forenses dicen que era consciente de lo que hacía y que lo planificó
Según la sentencia, la acusada alegó estar pasando por un trastorno mental «al haber perdido recientemente el bebé que esperaba», lo que la indujo a raptar el bebé del hospital.
Sin embargo, la propia sentencia aclara que tras la investigación realizada se comprobó que no había estado embarazada antes del suceso -aunque sí había sido madre hacía tiempo-, ni, por tanto, había perdido el bebé que esperaba. Más bien, según el tribunal, «fingió todo, tal vez atraer a su expareja para hacerle partícipe de la paternidad del recién nacido».
Así, según los médicos forenses especialistas en psiquiatría, que en sus informes coincidieron con otros forenses, aseguraron en el juicio que «no hay alteración psicopatológica -de la detenida- y que presenta un trastorno
de la personalidad con marcado carácter disfuncional que ha generado a lo largo de su biografía diferentes situaciones de conflicto».
No obstante, estos forenses aseguraron que «con relación a los hechos que requieren un proceso de elaboración, es decir, de reflexión y planificación para llevarlos a cabo, si se confirma la participación en los mismos, no se aprecia alteración que haya podido comprometer estas capacidades».