El Ayuntamiento de Guadalajara tiene ya todo dispuesto para dar cumplimiento a las nuevas medidas de prevención frente al coronavirus aprobadas ayer por el Gobierno de Castilla-La Mancha en Consejo de Gobierno extraordinario, y que entran en vigor a las 00:00 de esta madrugada.
El Ayuntamiento mantendrá igualmente la campaña de prevención y seguimiento que desde principios del mes de julio lleva a cabo a través de Policía Local y Protección Civil, controlando aforos, horarios, distancia de seguridad y uso de mascarillas.
Por tanto, en cumplimiento al Decreto 49/2020, de 21 de agosto, a partir de esta madrugada entran en vigor las siguientes medidas, según han informado fuentes municipales en un comunicado.
Hostelería y ocio nocturno
Respecto a los establecimientos de hostelería y restauración, incluidas terrazas: se establece como horario de cierre de los establecimientos la 1:00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.
Respecto de las Discotecas y resto de establecimientos nocturnos: quedan cerradas las discotecas, salas de baile, bares de copas, clubes y resto de locales dedicados al ocio nocturnos con y sin actuaciones musicales en directo. El cierre al público de los denominados clubes de alterne o prostíbulos, se aplica con independencia de la licencia de actividad bajo la que operen.
Los establecimientos con licencia de bar especial y café espectáculo podrán desarrollar su actividad entre la hora general de apertura y hasta las 01:00 horas en las mismas condiciones que los bares, restaurantes, cafeterías y terrazas, para prestar servicios de hostelería y restauración.
Se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 22:00 horas y hasta las 08:00 horas del día siguiente, excepto en los establecimientos dedicados a la hostelería y restauración.
En materia de parques y jardines, y especialmente en las zonas infantiles, el Ayuntamiento mantendrá el plan de limpieza y desinfección que lleva aplicando durante todo el verano, con un equipo de operarios dedicado exclusivamente al cumplimiento de las medidas de higiene en los espacios comunes. Esta medida contrasta con la adoptada en Azuqueca, en la que se ha acordado cerrar completamente los parques públicos.
Actividad deportiva
En lo referente a la práctica deportiva al aire libre, el decreto establece que podrá practicarse en grupos de un máximo de diez personas, mismo número que en las instalaciones y centros deportivos, si bien en éstas no podrá superarse el 50% del aforo máximo permitido.
Por otro lado, el Ayuntamiento ha decidido cerrar las pistas deportivas de los barrios al aire libre por seguridad, y de manera preventiva, ante los avisos de Protección Civil y Policía Local alertando de la proliferación de gente en estos espacios incumpliendo las medidas de higiene y seguridad frente al coronavirus. Esta medida afecta las pistas de fútbol, voleibol y baloncesto, incluidas las de los barrios anexionados.
Mercadillo y cementerio
En lo referente a los servicios de Mercado, los puestos del mercadillo no podrán superar el 50% de los stands habituales; y deberán de respetar los tres metros de distancia lateral con respecto al siguiente puesto. En este sentido, Guadalajara mantendrá abiertos los mercadillos frente al cierre total decretado en Azuqueca.
Y en relación al cementerio, se reducen las comitivas fúnebres de 25 a 15 personas, y se limita la entrada a un único acceso, el de la puerta principal situada en la Calle Dos de Mayo.
Por último, los grupos de visitas al Museo Sobrino quedarán limitados a un máximo de diez personas. En Azuqueca se ha acordado el cierre total de los museos.
Otras medidas
En relación a los eventos multitudinarios, el decreto prohíbe aquellos en los que no se pueda controlar el aforo y no pueda garantizarse una butaca preasignada. A estos efectos, se considera evento multitudinario aquel que concentre simultáneamente a cien o más personas en espacios abiertos, y cincuenta o más personas en espacios cerrados.
Por otro lado, se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable; quedan suspendidas las actividades de ocio y tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil; se prohíbe fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar la distancia mínima interpersonal de, al menos, dos metros; y la ingesta de productos líquidos y sólidos en el transporte público, entre otras.
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