viernes , 22 noviembre 2024

La Junta amplía el horario de restaurantes hasta las 2 de la madrugada, el ocio nocturno (sin baile interior) hasta las 3,00, los eventos multitudinarios podrán contar con 1.000 asistentes y las plazas de toros el 75 por ciento del aforo

La reducción de la Incidencia Acumulada a 14 días desde el 8 de mayo, fin del Estado de Alarma, permite al Gobierno de Castilla-La Mancha realizar modificaciones en el Decreto de medidas de la nueva normalidad que actualmente está en vigor.

El consejero de Sanidad, Jesús Fernández Sanz, ha recordado como el 8 de mayo la Incidencia Acumulada a 14 días era de 202 casos por 100.000 habitantes, mientras que ayer la misma Incidencia era de 87 casos por 100.000 habitantes, según han informado fuentes de al Junta en un comunicado.

Fernández Sanz ha explicado que, ante la nueva situación, en el Consejo de Gobierno se han debatido nuevas propuestas que se publicarán en la noche del miércoles al jueves y que permitirá una ampliación de medidas respecto a los eventos multitudinarios, así como a la restauración y al ocio nocturno.

Así, se considerará evento multitudinario a aquellos que alberguen 1.000 personas sin diferenciar si es en recinto abierto o cerrado.

En lo que se refiere a la restauración, hasta ahora el cierre de los establecimientos debe hacerse a la 1:00 y con la modificación aprobada pasará a ser a las 2:00 horas.

Respecto al ocio nocturno se permitirá abrir los negocios hasta las 3:00 horas, permitiendo un 75 por ciento del aforo si es en interior y un cien por cien del aforo en exterior.

Los locales de ocio nocturno preparados para abrir en el frontón municipal de Azuqueca como cafeterías

El baile no estará permitido en interior, así como el servicio de barra. En exterior sí estará permitido el baile.

Respecto a los eventos taurinos, se permitirá el 75 por ciento del aforo, con la gente sentada a tresbolillo, es decir, en filas paralelas, de modo que las de cada fila correspondan al medio de los huecos de la fila inmediata, de suerte que formen triángulos equiláteros y se introduce la excepción en caso de personas convivientes.

Respecto a los mercadillos, se reduce la distancia que debe haber entre puesto y puesto, pasando de los tres metros actuales a dos metros.

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