Un juzgado de Brasil ha absuelto a Marvin Henriques Correia, supuesto cómplice del asesinato de los cuatro miembros de una familia brasileña en el municipio guadalajareño de Pioz, cometido por el sobrino de las víctimas y amigo del ahora absuelto, Patrick Nogueira, en agosto del 2016.
La magistrada Aylzia Fabiana Borges Carrilho, del estado de Paraíba, situado al nordeste del país sudamericano, ha considerado en su sentencia, para la que cabe recurso, que el acusado no practicó ningún delito tipificado en el Código Penal brasileño, ante lo cual dictó su absolución sumaria, según ha informado el diario digital La Voz de Galicia.
Henriques Correia llegó a ser detenido por la Policía brasileña por el atroz crimen que conmocionó a España y Brasil, bajo la sospecha de haber colaborado con el autor del cuádruple asesinato, aunque luego fue puesto en libertad con medidas cautelares.
Según los autos del proceso, Nogueira mató a su tía y a sus primos de corta edad y, acto seguido, comenzó a hablar con Henriques Correia a través de WhatsApp. En la conversación, le expuso todos los pormenores de los tres asesinatos cometidos y afirmó que estaba esperando la llegada de su tío para igualmente quitarle la vida.
En el proceso también consta que Nogueira, ante la larga espera, demostró señales de agotamiento e insinuó que no mataría a su tío, ante lo cual Henriques Correia le habría instigado a persistir en su idea original de asesinar a la familia al completo, lo que finalmente ocurrió. En este contexto, la magistrada señaló que, a pesar de la conducta de Henriques Correia ser «abyecta, repugnante, sórdida, fría y vil», no puede ser considerada «criminal» porque «simplemente» no ha sido «descrita en la ley penal como tal».
«Considerando que para caracterizar la existencia de una infracción penal es necesario que la conducta sea tipificada e ilícita, no hay dudas de que los hechos narrados en la denuncia, en lo que respecta al imputado Marvin, no constituyen una infracción penal», justificó la juez. «Como máximo, podrían ser considerados como sendos actos preparatorios; con todo, en nuestro ordenamiento jurídico no están tipificadas conductas subjetivas», resaltó.
En su opinión, en este caso hay un «vacío legal» que no puede ser llenado por el Poder Judicial, cuya función es «hacer justicia, pero no a cualquier coste». «El poder discrecional de un magistrado para juzgar está dentro de los límites de nuestro sistema legal», ha recalcado la juez, según La Voz de Galicia.
El crimen ocurrió en agosto de 2016, pero solo se supo un mes después, cuando las autoridades españolas encontraron los cuerpos descuartizados de la familia en un chalé donde vivían, situado en la localidad de Pioz, en la provincia de Guadalajara.
En octubre de ese año Patrick Nogueira fue detenido en Madrid, donde llegó procedente de Brasil, tras entregarse voluntariamente, y poco después un juez decretó su ingreso en prisión tras confesar el crimen. Dos años más tarde, en 2018, fue condenado por un jurado popular español a prisión permanente revisable, pena que fue aumentada por el Tribunal Supremo a tres condenas a prisión permanente revisable.