domingo , 24 noviembre 2024
El asesino Patrick Nogueira durante el juicio. Imagen cedida por Alcarria TV

El asesino de Pioz recibe una paliza en el interior de la cárcel donde cumple condena por matar a sus tíos y a sus sobrinos, en lo que todo indica podría tratarse de la aplicación de la ‘ley carcelaria’

El cuádruple asesino de Pioz, Patrick Nogueira, ha recibido una paliza en el interior de la cárcel donde cumple tres penas de prisión permanente revisable y otra más de 25 años de cárcel por  por los asesinatos de su tío, la esposa de este, y los dos hijos de ambos, un niño de 18 meses y una niña de 3 años y 10 meses.

Según ha informado en su edición de hoy el diario ELMUNDO, al menos una decena de presos participaron en la agresión en lo que todo indica que podría tratarse de la aplicación de una ‘ley carcelaria’ no escrita, que castiga a los asesinos de mujeres y niños.

Estas fuentes han señalado que a consecuencia de la paliza, el asesino confeso de Pioz tuvo que ser trasladado al hospital, en el que permaneció ingresado cuatro días.

Tras recibir el alta, fue de nuevo internado en el mismo centro penitenciario, si bien desde entonces se encuentra en el pabellón de Enfermería para evitar nuevas agresiones.

Desde la dirección del centro se está investigando la identidad de los agresores con resultado negativo debido a otra de las leyes carcelarias no escritas, pero aplicadas a rajatabla por los internos: la del silencio.

La pareja asesinada en Pioz, padres de los dos menores también asesinados por Patrick Nogueira

Estos asesinatos fueron cometidos entre el 17 y el 18 de agosto de 2016 en la vivienda donde residían las víctimas en la localidad de Pioz (Guadalajara), según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, TSJCLM, en un comunicado.

No obstante, los cuerpos fueron descubiertos un mes después, el 18 de septiembre, momento que aprovechó el asesino para fugarse en avión a su país natal, Brasil, de donde volvió voluntariamente para entregarse a la Justicia española antes de acabar encarcelado en una cárcel brasileña.

El Tribunal del Jurado de Guadalajara ya lo condenó a tres penas de prisión permanente revisable

Nogueira fue condenado en primera instancia por el Tribunal del Jurado de la Audiencia provincial de Guadalajara en noviembre de 2018 a tres penas de prisión permanente revisable, según la sentencia hecha pública por la Audiencia Provincial de Guadalajara, y que el acusado conoció por videoconferencia, sin inmutarse, desde la prisión de Estremera.

En concreto, ha sido condenado a prisión permanente revisable por los asesinatos de los dos menores y de su tío, mientras que por la muerte de su tía se enfrenta a 25 años de prisión

No obstante, esta sentencia fue recurrida ante el TSJCLM, que el 13 de junio de 2019 resolvió y redujo de tres a una sola pena de Prisión Permanente Revisable para este asesino.

El cuádruple asesino confeso de Pioz, Patrick Nogueira, durante el juicio. Fotografía de MiraCorredor

La Sala de lo Civil y Penal del TSJCLM solo confirmó, en sentencia de apelación, una de las tres penas de prisión permanente revisable por asesinato múltiple a la que fue condenado Patrick Nogueira por la Audiencia Provincial de Guadalajara, tras acabar con la vida de sus tíos y los dos hijos pequeños de estos en un chalé de Pioz.

Según el TSJCLM, las muertes de los menores no tienen el agravante de alevosía, por lo que no cabe aplicarle la pena de prisión permanente revisable, aunque sí la máxima por asesinato, 25 años en cada caso.

Finalmente, en mayo de 2020 el Tribunal Supremo estimó el recurso de la acusación particular, que fue apoyado por la Fiscalía, en relación a la condena de los asesinatos de los niños, y elevó la de 25 años de prisión por cada uno de ellos que estableció el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha a sendas penas de prisión permanente revisable, atendiendo a la hiperagravación derivada de la especial vulnerabilidad de estas dos víctimas.

El alto tribunal confirmó el resto de penas establecidas por la sentencia de apelación, que eran  de 25 años de prisión por el asesinato alevoso de la mujer, y prisión permanente revisable por el asesinato alevoso del hombre, por ser el último de los perpetrados cronológicamente, ya que fue de aplicación en su caso el artículo 140.2 del Código Penal que aplica esta pena al reo de asesinato que hubiese sido condenado por la muerte de más de dos personas (en este caso, los 3 asesinatos previos).

No podrá salir de prisión antes de cumplir 22 años seguidos de cárcel

Por otro lado, la Sala acordó que la progresión a tercer grado del condenado requerirá del cumplimiento de un mínimo de 22 años de prisión y que la suspensión de la ejecución del resto de la penas requerirá de un mínimo de 30 años de prisión, en aplicación del artículo 78 bis del Código Penal para penados por varios delitos y dos o más de ellos estén castigados con una pena de prisión permanente revisable, o bien uno de ellos esté castigado con una pena de prisión permanente revisable y el resto de penas impuestas sumen un total de veinticinco años o más.

Además, se confirma la condena al acusado a que pague indemnizaciones por un total de 411.915 euros en favor de familiares de las víctimas, así como del propietario de la vivienda donde cometió los asesinatos (en este caso por la limpieza y reparaciones que tuvo que acometer).

Acerca de Roberto Mangas Morales

Periodista y escritor. Director de EL HERALDO DEL HENARES. El periodismo como fin, nunca como medio…

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