jueves , 21 noviembre 2024
Víctor San Vidal

Comienza el juicio contra el alcalde de Fontanar, Víctor San Vidal, en el que el fiscal pide para él cuatro años de cárcel y nueve de inhabilitación para ejercer cualquier cargo público por los delitos de prevaricación y malversación en la adjudicación de obra pública

El fiscal pide cuatro años de cárcel y nueve de inhabilitación para ejercer cualquier cargo público al alcalde de Fontanar, Víctor San Vidal, en el escrito de conclusiones provisionales presentado al juicio que comienza este martes 25 de octubre en la Audiencia Provincial de Guadalajara.

Según el escrito de acusación, al que ha tenido acceso EL HERALDO DEL HENARES, San Vidal sería responsable de un delito de prevaricación administrativa en concurso con otro de malversación de caudales públicos y, subsidiariamente, para el caso de que el tribunal no aceptara la malversación, el fiscal acusa también al primer edil de un delito de prevaricación administrativa en concurso con un delito de fraude a la Administración Pública.

De ambos delitos, el Ministerio Público también hace responsable a la administradora única de la empresa W. T. L. Soluciones Integrales SL, M. A. J. B., para la que pide igualmente cuatro años de cárcel y nueve años de inhabilitación para contratar con las Administraciones Públicas, tiempo en el que tampoco podrá gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social.

El inicio de esta investigación se remonta a noviembre de 2018, cuando dos concejales de Unidas por Fontanar, antes Ahora Fontanar, interpusieron una denuncia contra el alcalde de Fontanar por la adjudicación y ejecución de las obras del Sector 4.

Según los hechos descritos por el fiscal, en el año 2006 se iniciaron las obras del proyecto de urbanización del sector 4 de las normas subsidiarias de Fontanar, que fueron adjudicadas a la empresa Procodeur Promociones Urbanas S.A.

Dichas obras no llegaron a recepcionarse por el Ayuntamiento, a la vista del informe desfavorable del Técnico Municipal de fecha de 21 de marzo de 2012, que señaló que las mismas no se encontraban completamente terminadas, motivo por el cual el Ayuntamiento ejecutó el aval que garantizaba la correcta finalización de las obras por importe de 59.116,68 euros.

En marzo de 2017, San Vidal, que había sido entonces elegido alcalde en las filas del PSOE, inició el expediente para la terminación de las obras del sector 4, encargando a la funcionaria-arquitecta del Ayuntamiento, V.S.V., la confección de una memoria valorada de las obras pendientes de realizar.

En dicha memoria se señalaban las obras que faltaban por ejecutar conforme al proyecto de urbanización visado en 2006, consistentes en ajardinamiento de rotonda y zonas verdes, red de riego en zonas verdes, dotación de mobiliario urbano, instalación de una nueva rejilla de alcantarilla, puesta a punto de los 8 contadores de electricidad, instalación de 30 armarios y contadores de agua y colocación de 8 señales de paso de peatones, 2 ceda el paso y 1 prohibido el paso, así como relleno y sellado de las grietas de la calzada.

Estos trabajos pendientes de realizar fueron cuantificadas en 59.444,05 euros, incluido el IVA, gastos generales y beneficio industrial, por lo que en fecha de 11 de mayo de 2017, San Vidal solicitó por escrito informe a la secretaria-Interventora, A.M.C.C., sobre el procedimiento a seguir, para la ejecución de las obras de terminación del Sector 4.

En dicho informe se hace constar que, atendido el precio del contrato que asciende a 49.127,32 euros y 10.316,74 euros de IVA, la contratación y tramitación del expediente corresponde al alcalde, al no superar el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto, ni, en cualquier caso, los seis millones de euros.

Imagen del Ayuntamiento de Fontanar

Asimismo, según la Interventora, al tratarse de un contrato menor de obras podría adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar suficiente y que contara con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación, ‘de acuerdo con el artículo 138 del TRLCSP, de 14 de noviembre de 2011, vigente a la fecha de los hechos’.

 A pesar de lo anterior, en el informe de la Interventora se recomendaba, ‘para garantizar los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, se soliciten tres ofertas, siempre que sea posible’, siempre según el escrito de acusación del fiscal.

Se señalaba en el informe de la Interventora también que la tramitación del expediente de los contratos menores exigirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente, que deberá reunir los requisitos de las normas de desarrollo de esta Ley.

En el contrato menor de obras, debería añadirse, además el presupuesto de las obras, sin perjuicio de que deba existir el correspondiente proyecto cuando normas específicas así lo requieran.

Así las cosas, según el fiscal, el acusado, Víctor San Vidal, ‘aprovechándose de su condición de Alcalde- presidente de la corporación local y con la intención de beneficiar a la acusada, M.A.J.B., con la que tenía una estrecha relación personal, al ser madre de su íntimo amigo, el investigado M.C.J., desoyendo las recomendaciones del informe de la Secretaria-Interventora del Ayuntamiento, le adjudicó directamente la ejecución de las obras de terminación del Sector 4, a pesar de que la misma no tenía experiencia alguna en obras de urbanización ni cualificación profesional adecuada para la ejecución de las misma’.

A fin de evitar cualquier sospecha sobre la falta de imparcialidad y transparencia de la operación, sigue diciendo el fiscal, los acusados, San Vidal y M.A.J.B., decidieron, de común acuerdo, ‘que la adjudicación se hiciese a una entidad creada ex profeso para la realización de dichas obras de terminación del sector 4, a modo de empresa pantalla, pues en realidad se trataba de una sociedad unipersonal, cuya administradora y socia única era la acusada, M.A.J.B. y no disponía de medios personales ni materiales para llevar a cabo tales obras de urbanización’.

Así, en fecha de 18 de octubre de 2017, el fiscal señala que el acusado, V.S.V.M., a sabiendas de la irregularidad de su actuación, adjudicó las obras de terminación del sector 4 a esa entidad ficticia que denominaron WTL SOLUCIONES INTEGRALES S.L., siendo que, en ese momento, la sociedad no tenía capacidad de obrar, ya que ni estaba constituida ni en formación, pues comenzó sus operaciones en fecha de 24 de octubre de 2017 y fue inscrita en el Registro Mercantil el 10 de noviembre de 2017.

Para dar apariencia de legalidad a la contratación de la sociedad, el acusado, a sabiendas de su mendacidad, hizo constar en el Decreto de la Alcaldía, que la empresa WTL SOLUCIONES INTEGRALES S.L. tenía la certificación del registro mercantil nº 17154845, lo cual no era cierto, pues aún no había sido inscrita en el Registro Mercantil’, sigue el escrito del fiscal.

Expectación frente al Ayuntamiento durante el registro judicial

A continuación, para desarrollar las obras de terminación del sector 4, la acusada, M.A.J.B., ‘toda vez que carecía de medios personales para llevarlas a cabo’, hubo de contratar mano de obra externa a la empresa Construcciones Guarne S.L. quien presentó un presupuesto por importe de 8.500,25 euros (IVA incluido) y facturó finalmente 9.581,99 euros.

Según el fiscal, las obras de terminación del sector 4 se desarrollaron bajo la exclusiva dirección y supervisión del Alcalde de Fontanar, que prescindió de cualquier tipo de intervención y control por parte de los técnicos municipales, concretamente de la arquitecta municipal V.S.V..

De esta manera, el acusado, V.S.V.M., con ánimo de beneficiar a la acusada, M.A.J.B., en detrimento del erario público, infringiendo el deber de servicio público y de gestión leal de los fondos públicos a su cargo, introdujo una serie de modificaciones en el proyecto original que comportaban una clara aminoración de la cantidad presupuestada inicialmente y que, sin embargo, no tuvieron ningún reflejo en la cantidad facturada finalmente por la entidad WTL SOLUCIONES INTEGRALES’, asegura el Ministerio Público.

Entre las modificaciones realizadas en el proyecto de ejecución de obras, el fiscal señala las de jardinería y mobiliario, además de que no se llevaron a cabo determinadas tareas que se encontraban en el proyecto original, como por ejemplo, la instalación de los 14 aspersores, los 30 armarios contadores de agua, las 11 señales, de las cuales solo se instalaron 4, tampoco consta la colocación de la valla metálica, se instalaron sólo 7 papeleras de las 23 que recogía la memoria, no se instaló el mobiliario infantil, ni se realizó el fresado de la calzada, ni el sellado de las grietas, entre otros trabajos.

A pesar de estas omisiones y modificaciones en el proyecto que, en relación con la memoria valorada, suponían una diferencia de 24.533,59 euros, el 20 de diciembre de 2017, el acusado, V.S.V.M., en su condición de Alcalde del Ayuntamiento de Fontanar abonó a la entidad WTL SOLUCIONES INTEGRALES S.L. la cantidad TOTAL de 59.444,05 euros, con el consiguiente quebranto para las arcas públicas, toda vez que muchos de los trabajos encargados no se habían ejecutado, y sólo se habían justificado por la acusada, M.A.J.B., gastos por importe de 24.262,79 euros, obteniendo un beneficio económico de más del 50%, absolutamente desproporcionado con lo previsto en la memoria valorada y con lo que resulta habitual en el tráfico mercantil y en los contratos con la administración’, finaliza el relato de hechos el fiscal.

Además de las penas de prisión e inhabilitación profesional, la Fiscalía solicita para los acusados que indemnicen de forma conjunta y solidariamente a las arcas públicas del Ayuntamiento de Fontanar con la cantidad de 24.533,59 euros, con la responsabilidad civil subsidiaria de la empresa WTL Soluciones Integrales SL.

Esta será una de las causas en las que tendrá que responder en juicio como acusado el actual alcalde independiente de Fontanar, Víctor San Vidal, antes en las filas del PSOE.

En esa otra causa, aún en fase de intrucción, San Vidal fue detenido en una intervención de la Guardia Civil en el ayuntamiento en julio de 2019 bajo la acusación de haber cometido los delitos de malversación, falsificación de documento público y otros delitos relacionados con la corrupción. Fue luego puesto en libertad tras declarar en el juzgado.

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