El Juzgado de lo Penal número 5 de Madrid ha condenado a un año de cárcel a un grafitero por un delito de lesiones por agredir a un vigilante de seguridad del Metro de Madrid tras interceptarlo dentro de las cocheras de Cuatro Vientos el día 3 de septiembre de 2019.
Según la sentencia a la que ha tenido acceso EL HERALDO DEL HENARES, el juez impone además al grafitero el pago de 1.500 euros de indemnización al trabajador agredido por las lesiones causadas.
El día de los hechos, los vigilantes fueron alertados de que al menos tres personas habían accedido sin autorización a la zona en la que se encontraban varios vagones de metro estacionados.
En aquellas fechas se habían producido diferentes vandalizaciones de trenes que habían supuesto miles de euros de gasto en limpieza a la empresa Metro Madrid, por lo que se vigilaban especialmente este tipo de instalaciones para prevenir más actos vandálicos, entre ellos, las pintadas de los grafiteros.
Tras ser alertados, dos vigilantes de seguridad, un hombre y una mujer, se dirigieron hacia el lugar en el que se encontraban los tres individuos, que al verse sorprendidos emprendieron la huida.
Por un lado, la trabajadora de seguridad intentó interceptar a uno de ellos, que la golpeó para zafarse de ella y poder darse a la fuga con el tercer integrante del grupo.
Por su parte, el vigilante varón consiguió alcanzar al ahora condenado, con el que se inició un forcejeo, en el transcurso del cual, el joven causó una herida inciso contusa en la mano del trabajador, que ante ello soltó al agresor, que también se dio a la fuga.
Sin embargo, la Policía Nacional consiguió detener al joven unos días después y, tras ser identificado positivamente por el vigilante de seguridad, ponerlo a disposición judicial.
Durante el acto de juicio, celebrado el día 16 de febrero, el fiscal solicitó una condena de cuatro años y seis meses de cárcel para el agresor, mientras que el letrado de la acusación particular ejercida por el trabajador y su sindicato, Alternativa Sindical, Roberto Mangas Moreno, elevó a seis años su solicitud de condena: tres por el delito de lesiones y otros tres por el de agresión a agente de la Autoridad.
Se trataba de una petición, la de agresión a agente de la autoridad, que, según este letrado, viene recogida en el Código Penal también para los vigilantes de seguridad en acto de servicio y cuando están bajo el mando de las fuerzas y cuerpos de seguridad, lo que, para él, se daba en este caso al tratarse las instalaciones de Metro de un servicio estratégico de la Administración.
Finalmente, este abogado reclamó que se indemnizara a la víctima con 2.345 euros, que el juez ha dejado en 1.500.
En cuanto al letrado de Metro de Madrid, informó que los trenes afectados por las pintadas eran «aptos y útiles para prestar servicio» , por lo que tan solo solicitó para el acusado quince meses de prisión por daños, multa de 2.700 euros y una indemnización de 3.623 euros.
Durante la vista oral, el acusado reconoció que se encontraba en el recinto el día de los hechos, pero manifestó que no realizó pintadas ni tampoco causó lesiones al vigilante.
«El de seguridad me agarró del brazo, lo único que hice fue intentar apartarme y salir del recinto, yo me rajé con el hueco de la valla e igualmente se pudo rajar él», declaró en sala.
El joven añadió que estaba «nervioso porque había entrado a un recinto que era privado, en el que sabía que no podía entrar», y reconoció que como «fan del arte urbano» fue al depósito a documentarse y «a tirar algunas fotos», pero no a realizar pintadas.
Otra vigilante de seguridad, que se encontraba con el agredido ese día de servicio, compareció como testigo y relató que recibieron el aviso de Metro diciendo que «tres jóvenes estaban pintando trenes».
La testigo aseguró que vio cómo el acusado «sostenía un objeto punzante brillante» en el momento en el que forcejeaba con su compañero.
Sin embargo, el vigilante agredido detalló en sus declaraciones que no alcanzó a ver dicho «objeto punzante» porque tenía al grafitero «agarrado desde atrás para evitar que escapase».
Según un policía nacional, que declaró como perito, los vigilantes de seguridad reconocieron al acusado en los archivos policiales después de los hechos.
El mismo agente afirmó que tenían identificado al grafitero con el nombre SOUL, que aparece en las pintadas de los trenes del interior del depósito.
Por último, la defensa del acusado pidió su absolución e insistió en que «no queda demostrado que realizara ninguna pintada el día de los hechos y tampoco está acreditado que utilice la firma SOUL».
Ahora, el juez solo declara como hechos probados parte de los ejercidos por la acusación particular del vigilante agredido, por lo que condena al grafitero a un año de prisión por las lesiones causadas y a que indemnice al vigilante de seguridad con 1.500 euros.
En cuanto a la petición de que se le condene a tres años de cárcel por agresión a un vigilante en funciones de agente de la autoridad, el juez no lo estima al entender que «la aplicación del tal tipo, que se define en el artículo 554 del Código Penal, exige que la seguridad privada se ejerza en cooperación y bajo el mando de las fuerzas y cuerpos de seguridad».
«En el presente supuesto no pueden considerarse probados tales extremos, pues en modo alguno consta que el personal de seguridad privada recibiera órdenes o instrucciones de algún miembro de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, debiendo absolverse al acusado de tales delitos», añade la sentencia.
También, sorprendentemente, absuelve al grafitero del delito de daños por el que venía acusado por Metro Madrid, al entender el magistrado que no ha quedado probado que en el tiempo que media desde que los tres jóvenes fueron detectados por las cámaras de seguridad hasta que llegaron los vigilantes jurados realizaran ningún tipo de pintadas.
«Su mera presencia en el lugar de los hechos, no permite afirmar su coautoría, y no se aprecia ningún acto susceptible de ser encuadrado en una cooperación necesaria o un complicidad con el comportamiento de los otros individuos», afirma el juez en su sentencia.
Por ello, lo absuelve del delito de daños por el que venía acusado y anula la orden de alejamiento que dicho grafitero tenía respecto de las instalaciones de Metro Madrid desde el día que había sido detenido.
El letrado del vigilante, Roberto Mangas Moreno, ha señalado que está satisfecho «a medias» con el fallo judicial, «ya que aunque es muy importante que haya sido condenado por lesiones para lanzar un mensaje contundente, la violencia contra los vigilantes se paga, el que el juez no haya atendido nuestra reclamación de que el trabajador actuaba como agente de la autoridad nos deja algo insatisfechos».
Mangas Moreno ha señalado que está estudiando la posibilidad de presentar recurso por este único motivo, «ya que aunque sabemos que nunca ha habido una condena por este artículo del Código Penal, algún día tiene que ser la primera vez y entendemos que, en este caso, se daban todos los condicionantes para que así fuera».
«El Metro es un servicio esencial de la comunidad bajo la supervisión de las Fuerzas de Seguridad del Estado y cuya vigilancia está en manos de la seguridad privada por delegación de estas», ha finalizado.