El sindicato Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada, ASTSP, ha presentado hoy sábado una denuncia contra el partido político Podemos por vulneración de la Ley 5/2014 de Seguridad Privada y el Reglamento que la desarrolla al utilizar como escoltas de la organización y de su líder, Pablo Iglesias, a personas que no tienen la capacitación profesional de vigilantes.
Este sindicato ha solicitado a la Policía que, previas las comprobaciones de rigor, se ordene la apertura del oportuno expediente de esclarecimiento de hechos y, comprobados que sean los mismos, se ordene la apertura del procedimiento sancionador en los términos de la meritada Ley establece.
Según han informado fuentes de este sindicato en un comunicado, esta denuncia se ha realizado tras conocer las diferentes informaciones periodísticas según las cuales, durante los incidentes del mitin de Vox en el distrito de Vallecas el pasado día 7 de abril de 2021, se habría detenido ‘a dos trabajadores de Podemos y que forman parte de la escolta personal de Pablo Iglesias, Alberto R. R. y Daniel J. J.’.
Según estas informaciones periodísticas, estos dos detenidos ‘tienen vinculaciones también con la seguridad privada de Podemos que se hizo cargo de vigilar las instalaciones del chalé de Galapagar donde residen Pablo Iglesias y su pareja, la ministra Irene Montero’.
Estas informaciones periodísticas han señalado que dos escoltas del área de Seguridad de Podemos y Pablo Iglesias fueron detenidos el pasado 15 de abril bajo la presunta acusación de agredir a efectivos de la Unidad de Intervención Policial (UIP) en los altercados producidos en el mitin de Vox que se celebró en el madrileño barrio de Vallecas el pasado 7 de abril.
Los detenidos, Alberto R.R. nacido en 1977, y Daniel J.J. nacido en 1989, figuran en la Seguridad Social como dados del alta como trabajadores de la Podemos y formarían parte de la escolta personal de Pablo Iglesias.
Estos dos trabajadores de Podemos fueron detenidos por la Policía Nacional junto a otras 11 personas tras ver y analizar las imágenes del mitin de Vox en Vallecas, por su presunto vínculo con los ataques.
De hecho, según el atestado policial, los dos detenidos tuvieron un papel especialmente destacado en las agresiones, a tenor de las imágenes que la policía analizó, donde se les ve enfrentándose cara a cara con los agentes policiales con puñetazos y patadas.
El portavoz de Alternativa Sindical, Alberto García, ha recordado que según la Ley 5/2014 de Seguridad Privada “únicamente pueden ejercer funciones de seguridad privada el personal de seguridad privada, que estará integrado por los vigilantes de seguridad y su especialidad de vigilantes de explosivos, los escoltas privados, los guardas rurales y sus especialidades de guardas de caza y guardapescas marítimos, los jefes de seguridad, los directores de seguridad y los detectives privados”.
García ha recordado que según esta ley, “entre las actividades de seguridad privada se encuentran las de acompañamiento, defensa y protección de personas físicas determinadas, incluidas las que ostenten la condición legal de autoridad, como es el caso de Pablo Iglesias y de su pareja, la ministra de Igualdad”.
“Es decir, Podemos no puede contratar directamente a sus escoltas privados, si no es a través de una empresa de seguridad homologada y habilitada por el ministerio del Interior, y según las informaciones periodísticas, estos supuestos ‘escoltas’ estarían dados de alta en la Seguridad Social por el propio partido de Podemos, no por una empresa privada de Seguridad, lo que supone una gravísima infracción a la ley de Seguridad Privada y, quizás, un supuesto delito de intrusismo profesional”.
“Desde Alternativa Sindical consideramos sumamente grave que una formación política esté utilizando personal sin habilitación ni acreditación para realizar funciones que son exclusivas del personal de seguridad, personal que a su vez ha tenido que superar pruebas y exámenes ante el ministerio de Interior”, ha añadido García.
Finalmente, ha señalado que “estos hechos, si se comprueban, vulneran gravemente la Ley de Seguridad Privada 5/2014, puesto que, además, este personal debe, por dicha ley, estar dado de alta por una empresa de Seguridad Privada y nunca directamente por el cliente”.