jueves , 21 noviembre 2024

Carta de Fernando Jabonero, exportavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Pastrana a Emiliano García Page: «Deserción del Gobierno Regional en la defensa del Patrimonio de la Junta de Comunidades»

Presidente, supongo que tu responsable de  Gabinete te habrá puesto de manifiesto que desde 2015, siendo concejal portavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Pastrana, solicité reiterada audiencia  para detallarte sin intermediarios la realidad del estado de la corrupción en muchos ayuntamientos de la Región.  O bien no te dieron cuenta de mis solicitudes o tenías asuntos de mayor trascendencia, personal o pública, a los que dedicar tu tiempo.

A estas alturas te supongo enterado de que la mayoría de los Ayuntamientos han contado y cuentan con personal laboral, contratistas y otras ocurrentes figuras que desempeñan función pública, lo cual no merece reproche de los Secretarios e Interventores. Gracias a mí se van publicando convocatorias de funcionarios en los Boletines Oficiales,  aunque no creas que los alcaldes concernidos, algunos de ellos con alta responsabilidad pública, tienen mucho interés en salir del pozo de la ilegalidad pues, de entrada, se publican plazas con carácter interino para desempeño de autoridad inherente a la Inspección Urbanística

Te voy a detallar ahora la devastación de patrimonio de la Junta de Comunidades,  correspondiente al  Derecho Real constituido a su favor por causa del Monte Consorciado GU-3.149. Por ese Derecho Real tu Gobierno tiene el deber de ejercer las prerrogativas de protección,  defensa y recuperación cuando actos propios o de terceros hayan derivado en su menoscabo, sobre todo si es provocado por gravísimas infracciones. Sólo recordarte el empeño y dedicación de la Administración Regional en el asunto de “los de Fraguas” que ha terminado en sentencia con imposición de penas de cárcel.

Por lo demás, interesa que sepas que todo lo autorizado en el Monte Consorciado GU-3.149 se basa en modificaciones de las Normas Subsidiarias de Almoguera que conllevan una Ordenanza de las Normas Urbanísticas que deben de publicarse íntegras en el BOP de Guadalajara, publicación al parecer inexistente para todas y cada una de las cuatro modificaciones que dan soporte a los actos urbanísticos realizados contra el Monte Consorciado y por tanto contra el Patrimonio de la Junta de Comunidades.

Respecto de la devastación del Monte GU-3149 concurren informadas las infracciones consistentes en destruir la producción vegetal, en la que la Junta de Comunidades tiene interés económico hasta 2068, y en arrancar la capa de suelo forestal, con evidente daño económico, medio ambiental y ecológico. Tales actos fueron denunciados por los agentes medioambientales de la Junta de Comunidades. Extraña que sobre tales infracciones y denuncias no se incoara ningún expediente al menos para aclarar el asunto.

Tras la denuncia presentada por un vecino de Almoguera sobre la devastación del Monte Consorciado los servicios periféricos de tu Gobierno no han tenido más remedio que aplicarse habida cuenta de un procedimiento que obra en el Juzgado de Instrucción 1 de Guadalajara. Extraña y mucho que tu Gobierno, al menos para hacer seguimiento del asunto, no haya dado el paso de personarse como presunto perjudicado civil.

La Dirección Provincia de Fomento en Guadalajara al menos ha emitido un informe en el que constan –la cursiva es transcripción literal de lo informado-:

  1. “Se desconoce por esta parte al no reflejarse en la documentación si en esa reclasificación del PAU de Carramonte fueron afectados terrenos forestales repoblados”.

 Ya te adelanto: fueron afectados suelos forestales repoblados y además fue denunciado por los Agentes  Medioambientales entre 2006 y 2008.

  • El proyecto de reparcelación, aprobado en Pleno de 20 de febrero de 2007 expone que la parcela aportada de titularidad municipal es parte de la catastral 363 del polígono 12, del cerro la Magdalena, finca 4969, tomo 761, libro 47, folio 25, inscripción 1g del registro de Pastrana, exponiendo que estaba libre de cargos, arrendamientos y gravámenes.

No parece que el Derecho Real de la Junta De Comunidades sobre el Monte sea compatible con que no hubiera cargas ni gravámenes. Es un hecho que los Gobiernos de la Junta de Comunidades no se han ocupado nunca de provocar la inscripción de ese Derecho Real siendo que más de 100 propietarios de VPO compraron sus casas sin conocimiento de tal Derecho Real.

Plaza de toros de Almoguera construida sobre un suelo de repoblación
  • La plaza de toros se ubica en un suelo de repoblación sin instrumento urbanístico que lo ampare. Digo yo que eso se merecería una inspección, que menos, del servicio de inspección de la Junta, que según el Reglamento de Disciplina urbanística de 2011 debiera estar operativo; pero, si no me equivoco, los Gobiernos  Regionales no han creado ni una plaza de Inspector urbanístico lo cual se merece una concreta justificación de tu Gobierno.
    •  SOBRE EL SECTOR DE LA PLAZA DE TOROS :“En síntesis toda actuación llevada a cabo en los terrenos que se proyectan como sector Carramonte Alto no tienen la aprobación reclasificatoria por el órgano competente” y  “Recordar que todas las actuaciones realizadas en dicho suelo sin estar aprobada la modificación puntual 5 serán obras realizadas en suelo rústico. “ Resulta que tu Gobierno autoriza la realización de actos taurinos en la Plaza de Toros, de la que el SEPRONA ha informado al Juzgado que se trata de una construcción no autorizable en suelo no urbanizable.

Por su parte, la Dirección Provincial de Agricultura y Medio Ambiente informó al Juzgado:

  1. SOBRE LA EXISTENCIA DE UN DERECHO REAL DE LA JUNTA DE COMUNIDADES: El monte » Los Cerros» se incluyó en el Elenco de provincia de Guadalajara con la clave GU-3.149, tras aprobarse el Consorcio con fecha 23/02/1988.Según las bases de dicho consorcio, afecta a 2.621 ha. del T.M. de Almoguera, sobre terrenos  propiedad del Ayuntamiento o sobre los que éste manifestó tener la disponibilidad. Tras la repoblación, aunque el suelo continúa perteneciendo al Ayuntamiento, el vuelo constituye un derecho rea l de la JCCM

No puede quedar más claro: El Director Provincial nombrado por tu Gobierno informa de que el Consorcio es un derecho de la Junta de Comunidades. Por ello el Gobierno regional  tiene el deber de defenderlo y de reclamarlo dado que ha sido devastado, cosa que no se ha hecho a pesar de la gravedad de lo actuado en perjuicio del Patrimonio Regional y de los adquirientes de VPO.

  • SOBRE LA VULNERACIÓN GRAVE DE LA NORMATIVA URBANÍSTICA: “Ninguno de los Programas de Actuación Urbanizadora se ha sometido a un procedimiento reglado de Evaluación Ambiental ni en fase de planeamiento urbanístico (evaluación ambiental de planes y programas) ni en fase de proyecto de urbanización. Respecto a esta cuestión hay una denuncia de los Agentes Medioambientales registrada en julio de 2006, por presunta infracción a la Ley 5/99, de Evaluación de Impacto Ambiental. En ella se pone de manifiesto la construcción de la urbanización «Mirador Alto» sobre terrenos del monte consorciado sin haberse sometido a evaluación ambiental.” Si esto lo hubiéramos leído de actos en la Marbella del “gilismo” pues sería una de tantas ilegalidades, pero ha ocurrido en Castilla la Mancha. Y ante ello ¿cómo es que el Gobierno de Castilla la Mancha lo consintió y lo sigue consintiendo, SIN INTERVENIR PARA NADA ANTE LO DENUNCIADO POR SUS PROPIOS AGENTES?
  • SOBRE LOS PAUS: “Respecto a los Programas de Actuación Urbanizadora » Mirador Alto» y » Mirador del Tajo» no se tiene constancia de que se hayan emitido informes ambientales por parte de esta Dirección Provincial” Más de lo mismo. Y ante ello ¿cómo es que el Gobierno de Castilla la Mancha lo consintió y lo sigue consintiendo, SIN INTERVENIR PARA NADA TRAS LO MANIFESTADO POR EL DIRECTOR PROVINCIAL DE MEDIO AMBIENTE?
  • RESPECTO A LA ZONA DE LA PLAZA DE TOROS: Hay una denuncia de los Agentes Medioambientales registrada en julio de 2006, por tala y descuaje del arbolado en terrenos del monte consorciado Nº 3149, afectando a una superficie de 1 ha. Posteriormente, con fecha 9/04/2007 los Agentes comunican que se ha ampliado la superficie desmontada en 7.000 m2 más.  Para el desarrollo urbanístico de esta zona se inició la tramitación de la Modificación nº 5 de las NNSS, que fue sometida a Evaluación Ambiental (expte. PL/ OT/GU/309). Con fecha 22/09/2004 se emite la Evaluación Ambiental Preliminar por parte de esta Consejería, y se remite a la Comisión Provincial de Urbanismo de Guadalajara. A fecha de hoy la Modificación Puntual Nº 5 no ha sido aún aprobada por Urbanismo. Una vez que se apruebe deberá someterse el Proyecto de Urbanización a Evaluación de Impacto Ambiental” ESTO DEMUESTRA UNA PERFECTA DEJACIÓN DE FUNCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL EN DEFENSA DEL MEDIO AMBIENTE.  Sólo informarte, para que compares, que me consta que tu Gobierno impuso 1001 euros de multa a un agricultor por llevarse por delante cuatro matas de tomillo.
  • DEFINITIVO:”No hay constancia de que por parte de esta Dirección Provincial se haya emitido autorización para dicha eliminación de la cubierta forestal.”   Y ante ello, CONOCIDO E INFORMADO POR EL DIRECTOR PROVINCIAL SANTOS LÓPEZ TABERNERO EN FECHA 27 DE SEPTIEMBRE DE 2017 –YA HAN PASADO DOS AÑOS-  ¿qué actuaciones y medidas ha adoptado tu Gobierno, Emiliano, ante tanta infracción y ante un perjuicio directo al Patrimonio Regional?  A mí me parece que ninguna y eso, como poco y en la más condescendiente de las apreciaciones, es abandono de deber de defensa y recuperación del patrimonio de la Junta de Comunidades que no se compadece en nada con tu posición institucional. Si no vas a defender el Patrimonio Regional, creo que no tienes más que un camino.

A la espera quedo de que con esta breve introducción al Estado de la Cuestión tengas a bien actuar en relación al deber de defensa del Patrimonio de todos los  castellano manchegos y de los derechos de los más de 100 adquirientes de VPO en Almoguera a los que se ha ocultado la existencia del Derecho Real del Gobierno Regional sobre el Monte Consorciado GU-3.149.

Fernando Jabonero

POSTDATA: te tendré al tanto en futuras notas de la demolición de un BIC autorizada y consentida por el Gobierno Regional desde 2012 y de otros sorprendentes asuntos sobre todo de naturaleza urbanística que afectan a suelos protegidos.

Fernando Jabonero Orasio, Pastrana

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