El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, TSJA, por la que se condenaba a la mercantil Securitas Seguridad por vulneración del derecho a la libertad sindical de la delegada de Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada, ASTSP.
Con esta sentencia, el Supremo confirma la nulidad radical de la conducta de la empresa, que había incumplido con su obligación legal de permitir el acceso a la delegada de Alternativa Sindical a la misma información y documentación que Securitas había puesto a disposición del comité de empresa, a pesar de que fue requerida en varias ocasiones.
Por todo ello, además, condena a Securitas al cese de esas actuaciones vulneradoras de tal derecho y, por ende, a cumplir con lo dispuesto en las leyes y normas laborales y sindicales vigentes en la actualidad, según han informado fuentes de este sindicato en un comunicado.
Además, el fallo del Supremo condena a Securitas Seguridad a indemnizar a la delegada sindical con 2.000 euros por daños morales y a pagar las costas del letrado del sindicato.