jueves , 21 noviembre 2024

El TSJPA anula el despido de un sindicalista por sus manifestaciones en un chat de WhatsApp y obliga al juzgado a dictar una nueva sentencia

El Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, TSJPA, ha anulado la sentencia del juzgado de lo Social número 2 de Avilés que había declarado procedente el despido de un representante sindical de la empresa Ilunion Seguridad, del grupo Once, Victoriano A. R., sin argumentar los motivos por los que dicho despido era ajustado a Derecho.

Según han informado fuentes del sindicato Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada, ASTSP, en un comunicado, el trabajador despedido, representante de dicho sindicato en Ilunion Seguridad, “se había mostrado muy activo en la defensa de los trabajadores” y había presentado multitud de quejas y denuncias por infracción de las normas laborales por la propia empresa ante la dirección, Inspección de Trabajo y la Dirección General de Trabajo.

También había presentado denuncia por acoso ante la Inspección de Trabajo en la que detallaba ‘trato inadecuado y falta de respeto’

El proceso de despido se inició cuando el representante sindical formaba parte de un grupo de WhatsApp con un grupo de trabajadores de Ilunion Seguridad que prestaban sus servicios en RENFE Asturias.

En dicho grupo se realizaban todo tipo de comentarios sobre la situación laboral de los trabajadores, tales como cuadrantes, horarios, reclamación de horas extras, estado de los vestuarios, acoso con trato inadecuado y falta de respeto, etc.

Según ha dejado como probado la actual sentencia del TSJPA, el presidente del comité de empresa de Ilunion Seguridad y representante sindical del sindicato UGT, Fermín de C. L., no formaba parte del grupo de WhatsApp pero a través de otros empleados recibió copia de las conversaciones y se las entregó a los directivos de la empresa.

Tras recibir copia de ese chat de manos del presidente del sindicalista de UGT, la empresa abrió expediente disciplinario al delegado de Alternativa Sindical, expediente que concluyó con el despido del mismo.

Según la sentencia, la empresa al comunicar el despido “no identifica el contenido de la carta en cuanto a hechos imputados al trabajador, ni siquiera el documento soporte de la misma y (sic) da por probados los hechos contenidos en la carta de despido (hechos que no identifica ni describe)”.

Mazo judicial. Fotografía de la CAM

Recurrido en primera instancia dicho despido ante el juzgado de lo Social número 2 de Avilés, este dictó sentencia en la que desestimaba las pretensiones del trabajador y daba por bueno el despido disciplinario ejecutado por Ilunion Seguridad.

Tanto el trabajador como Alternativa Sindical recurrieron en ‘suplicación’ dicho fallo ante el TSJPA, que ahora ha anulado dicha resolución y ha obligado al juzgado a que retrotraiga las actuaciones al momento anterior a dictar sentencia para que describa detalladamente los hechos probados y los fundamentos jurídicos en los que fundamentar un nuevo fallo.

Y es que, según la sentencia dictada por la Sala de lo Social del TSJA, el juzgado de Avilés “no dio respuesta a la pretensión del demandante sobre nulidad del despido por vulneración de los derechos fundamentales identificados en el recurso como omitidos y silenciados hasta el punto de no contar si quiera con mención, por somera que pudiera ser, en el razonamiento jurídico de la sentencia”.

Es decir, según el más alto tribunal regional asturiano, la sentencia que validaba el despido del representante sindical no cumple el cometido ineludible de fundamentar por qué el despido no resulta nulo desde la óptica de esos particulares derechos invocados por el demandante, pues ni siquiera aborda el debido análisis a que obliga el artículo 181.2 LRJS”.

Finalmente, el TSJPA razona que “una extensa demanda obtiene por respuesta una escueta sentencia, pero no es la parquedad de la resolución judicial lo que puede dejar indefensa a la parte actora, la indefensión llega de la falta de respuesta a la expresa denuncia de la infracción de los derechos de libertad sindical y de la garantía de indemnidad, que el demandante expuso con claridad en la demanda, entre otras causas de la nulidad del despido”.

Imagen cedida por Alternativa Sindical

El letrado de la defensa del sindicato ASTSP, Roberto Mangas Moreno, ha manifestado que “estamos satisfechos con esta sentencia porque, aunque no anula el despido, con este fallo en el que se obliga a dictar una nueva sentencia gana la Justicia y ganan los derechos fundamentales de los trabajadores”.

“Tanto si un tribunal te da o te quita la razón, te lo tiene que argumentar con hechos y razonamientos jurídicos, y eso, según el TSJPA, fue lo que no hizo el juzgado de Avilés, por lo que esperamos que la nueva sentencia recoja nuestros argumentos”, ha finalizado este letrado.

Por su parte, el portavoz de Alternativa Sindical, Alberto García, ha señalado que “a la vista de este fallo judicial esperamos que nuestros compañeros del sindicato UGT hayan tomado nota y dejen de enviar a los jefes copias de chats privados entre trabajadores que se quejan de sus condiciones laborales y se dediquen más a apoyar a esos propios trabajadores”.

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