jueves , 31 octubre 2024
Fachada de la Audiencia Provincial de Guadalajara, sede también de la Fiscalía y Junta Electoral. Fotografía de Cuka Leyre

La Audiencia Provincial de Guadalajara condena por delito de defraudación fiscal agravada en concurso con delito continuado de falsedad documental a 23 personas a penas de entre 2 y 16 años de prisión: defraudaron casi 30 millones de euros en el IVA de compraventas de productos informáticos a través de empresas ‘truchas’

La Audiencia Provincial de Guadalajara ha condenado por delito de defraudación fiscal agravada en concurso con delito continuado de falsedad documental a 23 personas a penas de entre 2 y 16 años de prisión, tras defraudrar 29.303.320,9 euros en el IVA de compraventas de productos informáticos comprados en el extranjero.

La Audiencia también ha declarado la absolución de tres de los acusados, al no considerarlos culpables de los delitos por los que habían sido acusados, según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha en un comunicado.

Según los hechos probados de la sentencia a la que ha tenido acceso EL HERALDO DEL HENARES, los acusados se pusieron de común acuerdo y con ánimo de obtener un beneficio patrimonial ilícito, se estructuraron mediante un entramado organizado conocido como «fraude carrusel» dedicado a la defraudación del IVA.

Este fraude consiste en la venta en España de material mayormente informático adquirido de otros países de la Unión Europea, repercutiendo el IVA pero no ingresándolo, beneficiándose de ello manera consciente y premeditada.

Para ello, utilizaban empresas que funcionaban como «truchas», «truchas remotas», «pantallas» y distribuidoras de las mercancías.

El mecanismo defraudatorio consiste en que una empresa llamada trucha o trucha introductora, realiza una adquisición interna comunitaria en la que se auto repercute y simultáneamente deduce la cuota de IVA.

Posteriormente, vende la mercancía a otra empresa llamada pantalla que soporta IVA y por ello adquiere el derecho de deducción.

Tras realizarse esta venta, la primera empresa desparece sin haber ingresado el IVA repercutido a la compradora, generando un perjuicio a Hacienda.

Edificio de la delegación de Hacienda del Estado en Guadalajara. Fotografía de Mercedes García

La compradora o pantalla, a su vez vendería a una tercera empresa que es destinataria final cumpliendo sus obligaciones fiscales, siendo el resultado que la destinataria final adquiere a un precio inferior al de la competencia.

En esta trama de empresas son las truchas introductoras las que formalmente defraudan de modo que hay empresas que nunca ingresan el IVA pero otras lo deducen, actuando todas de forma coordinada.

A continuación, para conseguir la apariencia de realización de compraventas entre empresas se servían de facturas falsas, habiendo en concreto dejado de ingresar el Impuesto sobre el Valor Añadido por importes de 5.907.058,54€, 5.380.201,40€, 11.344.081,14€ y 6.671.979,84€ en 2014, 2015, 2016 y 2017 respectivamente.

Según los hechos probados de la sentencia, la totalidad de las empresas integrantes de la trama servían de forma conjunta y estructurada a la organización societaria dirigida y gestionada de forma unitaria con la finalidad de defraudar el IVA.

Para ello realizaban adquisiciones intracomunitarias, básicamente por la entidad JGG UNIQUE WAY, aunque también por otras, por un importe total de 38.652.284’52 euros.

Los productos adquiridos a través de esta eran, a su vez, trasmitidos a terceros clientes nacionales externos, cuyas ventas a estos clientes externos se han estimado en un importe de 31.676.601’13 euros.

Finalmente, las entidades de la trama se deducían facturas falsas, consignando en sus declaraciones tributarias cuotas soportadas ficticias por esas facturas, para evitar ingresar el IVA que repercutían a sus clientes, obteniendo con ello importantes beneficios económicos.

Por todo ello, la Audiencia ha condenado a 23 personas a penas de prisión de entre 2 y 16 años de cárcel, a pagar en concepto de responsabilidad civil el dinero defraudado en concepto de IVA no abonado a Hacienda, que se estima en 29.303.320,9 euros y al abono de las costas del juicio.

En concreto, las penas se reparten de la siguiente manera: 2 condenados, 16 años de prisión cada uno; 9 condenados, 8 años de prisión cada uno; 6 condenados, 6 años de prisión cada uno; 5 condenados, 4 años de prisión cada uno; y, finalmente, 1 condenado, 2 años de prisión.

También, se le impone a cada uno de dichos condenados penas de multa de entre 10.760.402 y 22.688.162 euros.

Esta sentencia aún no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha.

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