El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha rechazado el recurso de un joven de 22 años que fue condenado a cinco años de prisión por quebrantamiento de medida cautelar en concurso con un delito de detención ilegal y otro de lesiones leves en el ámbito de la violencia de género por retener a su expareja durante horas y saltarse la prohibición de aproximarse a ella.
El acusado había mantenido una relación sentimental durante tres años con la víctima, pero el 28 de agosto de 2023 un juzgado de Guadalajara le prohibió comunicarse y acercarse a ella a menos de 500 metros.
A pesar ello, el 13 de septiembre acudió al domicilio de su expareja en Mondéjar, en el que se encontraba su madre, que le pidió que se marchase, según han informado fuentes del Poder Judicial en un comunicado.
Sin embargo, unos días después, el 20 de septiembre fue a un parque de la localidad donde estaba la perjudicada y, agarrándola del pelo, la introdujo a la fuerza en el vehículo.
Luego le propinó un puñetazo en la cara, tras lo cual el acusado condujo hasta un descampado de Guadalajara donde dejó el coche y se dirigió a la vivienda de sus tíos, donde la mujer consiguió que le permitiese ir al baño, momento en el que aprovechó para escribir un whatsapp a su padrastro pidiéndole que llamara a la policía.
El acusado la retuvo varias horas hasta que llegaron las agentes, fue detenido y enviado a prisión provisional.
Los magistrados fundamentan su decisión en la declaración de la mujer, calificando sus manifestaciones de “persistentes y reiteradas en lo esencial, corroboradas periféricamente por datos objetivos y sin que quepa dudar de su credibilidad subjetiva (…) los hechos probados traen causa directamente de las manifestaciones de C. , que revela el quebrantamiento del acusado de la medida cautelar, la detención ilegal y las lesiones”.
La sentencia de instancia dictada por la Audiencia Provincial de Guadalajara el pasado 23 de mayo, ratificada ahora por la Sala de lo Civil y Penal del TSJCLM le condenó, además, a indemnizar a la denunciante con 2.000 euros.