El Tribunal Superior de Justicia, con motivo de la situación originada por la pandemia del Coronavirus COVID 19 ha decidido trasladar a la opinión pública el resultado de su investigación en el ámbito de los Registros Civiles de Castilla-La Mancha.
Así, según han informado estas fuentes en un comunicado, para esta investigación se han puesto de manifiesto las dificultades para la gestión de las licencias e inscripciones de defunción por aumento significativo de la mortalidad, así como en la consignación de las causas de la muerte en las certificaciones médicas, en las que no siempre aparecía referenciada la infección por el Virus.
Todo ello debido fundamentalmente al no sometimiento a muchas de las personas afectadas a test o analíticas que acreditaran cumplidamente dicho contagio, si bien en muchos supuestos los indicios y síntomas de las patologías inmediatamente causantes de la muerte apuntaban a dicha infección como causa principal o determinante de la misma.
Todas estas circunstancias llevaron a la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia a solicitar información a los jueces encargados de los Registros Civiles de Castilla-La Mancha sobre las licencias de enterramiento expedidas.
Dicha información se ha remitido por la totalidad de los Registros Civiles de las cabeceras de Partidos Judiciales y una buena parte de las Agrupaciones y Juzgados de Paz. Los datos que faltan de estos últimos y que no han llegado se irán incorporando.
Los datos recibidos ponen de manifiesto lo siguiente:
Las defunciones en Castilla-La Mancha en marzo de 2020 se han incrementado un 96,3 % con respecto a las ocurridas en el mismo periodo del año anterior.
En concreto, los registros civiles de Castilla-La Mancha han expedido el pasado mes de marzo 3.319 licencias de enterramiento cuando en marzo de 2019 se registraron 1.691 defunciones.
Y de ese número de 3.319, en 1.921 licencias de enterramiento, el 57,9 %, se recoge como causa del fallecimiento COVID o sospecha compatible con COVID, referenciando como sospecha aquellos supuestos en los que se recoge dicha probabilidad o sospecha en la certificación médica o existen motivos para ello por concurrir procesos patológicos de tipo pulmonar compatibles con dicha causa. Máxime a la vista del incremento sustancial de licencias respecto a la media de años anteriores.
Como consecuencia de estos datos, se ha dictado Acuerdo por la Presidencia del TSJCLM dirigiendo prevención a los Jueces Encargados de los Registros Civiles para que, en lo sucesivo, se vele por que se haga una identificación lo más precisa posible de la causa inicial o fundamental de la muerte en todos aquellos casos en los que aparezcan procesos patológicos o causas o intermedias que puedan considerarse compatibles o sospechosos con el Coronavirus Covid.
De hecho, se ha acordado que se solicite si se considera necesario dictamen del médico forense del correspondiente Instituto de Medicina Legal y acudiendo si fuera preciso al forense de guardia en el Partido Judicial.
Y que, a su vez, auxilien en sus dudas a los Juzgados de Paz y personal de las Agrupaciones en este tipo de cometidos.
En ese sentido, se han considerado muy valiosos los criterios médicos y el procedimiento a seguir para la emisión de los certificados que se han portado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) con fecha 28 de Marzo de 2020, solicitando la colaboración de los Colegios Médicos de Castilla-La Mancha y del SESCAM para insistir en su aplicación.
En el expediente gubernativo abierto por la presidencia del TSJCLM se encomienda a los Institutos de Medicina Legal de Albacete, Cuenca y Guadalajara, y de Ciudad Real y Toledo, y a los Médicos Forenses la colaboración necesaria con los Registros Civiles para que pueda quedar constatada la causa inicial o fundamental del fallecimiento en los supuestos de las defunciones ya inscritas desde el día 1 de marzo de 2020 en los que aparecieran sospechas o factores racionales de probabilidad de COVID 19.
Se ha acordado trasladar este Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial y al ministerio de Justicia a través de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
Esta Presidencia quiere resaltar y reconocer la función que están realizando los Jueces Encargados de los Registros Civiles y los funcionarios personal a su servicio, así como la de los Juzgados de guardia que ejercen como Registros fuera del horario de los mismos, muchas veces sin medios de protección individual.
También, ha destacado la garantía que su correcto desempeño supone para una constatación numérica absolutamente fiable y certera de las consecuencias de la enfermedad sobre las defunciones de las personas afectadas.
La institución del Registro Civil constituye un referente para la seguridad jurídica de todos los hechos concernientes al estado civil de las personas, y sin duda también para el hecho final que es su fallecimiento, con su transcendencia personal y patrimonial, y garantía para la ransmisión de sus derechos y constatación de la verdad de sus causas.
Del mismo modo se significa que, aunque es una actividad de carácter administrativo no jurisdiccional, en nuestro país siempre ha estado históricamente encomendada a los Jueces, lo que asegura la prestación de este servicio con absoluta independencia y garantía de rigor profesional.
Su atribución a los Jueces seguirá estando vigente hasta el día 30 de junio de 2020, por aplicación de la Disposición Final de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, que modificó este régimen atribuyéndolo a funcionarios administrativos de carrera sujetos al Estatuto del Empleado Público y dependientes del ministerio de Justicia, salvo que se vuelva a prorrogar la entrada en vigor.
En los siguientes cuadros se reflejan los datos de licencias de enterramiento expedidas durante el pasado mes de marzo en los registros civiles de CastillaLa Mancha, con su desglose por provincias y por capitales de rovincia, incorporando datos de defunciones del mes de marzo de 2019 y 2018 publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE).