Desde este lunes 18, todas las provincias de Castilla-La Mancha están en Fase 1 de desescalada y es buen momento para recordar las medidas existentes en esta Fase, según ha informado en un comunicado el director general de Salud Pública del Gobierno regional, Juan Camacho.
En cuanto a la movilidad.- Los desplazamientos quedan restringidos a la provincia donde se resida, con excepciones: motivos sanitarios, laborales, profesionales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad o causa de fuerza mayor. Se permite la movilidad a una segunda vivienda dentro de dicha provincia.
Sobre las reuniones.- Se permite el contacto social hasta un máximo de 10 personas, manteniendo la distancia de seguridad de dos metros y, en su defecto, establecer medidas de protección física, además de higiene de manos y etiqueta respiratoria.
1.- Velatorios: 15 personas máximo en espacios al aire libre y 10 personas máximo en espacios cerrados, sean o no convivientes. En las cinco provincias de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, los velatorios podrán realizarse en las instalaciones dispuestas a tal uso únicamente en horario de 8:00 horas a 22:00 horas.
2.- Espectáculos culturales.- Reapertura de locales y establecimientos con un aforo máximo de 20 personas en lugares cerrados y de 100 personas al aire libre.
3.- Celebración de seminarios y congresos científicos o innovadores.- En las cinco provincias de Castilla-La Mancha no se podrán celebrar seminarios ni congresos científicos durante la Fase 1.
4.- Actividad cinegética y pesca deportiva y recreativa:
Queda permitida la actividad cinegética y la pesca deportiva y recreativa en todas sus modalidades siempre que se respete la distancia de seguridad y las medidas de higiene y prevención fijadas por las autoridades sanitarias.
Para el desarrollo de la actividad cinegética organizada que implique a más de un cazador, se deberá disponer de un plan de actuación por parte del responsable en el que se detallen las medidas de prevención e higiene a observar.
5- Reapertura de los establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados:
Novedad: locales de más de 400 metros cuadrados:
Siempre que tengan una superficie útil de exposición y venta igual o inferior a 400 metros cuadrados, pudiendo, en el caso de superar este límite, acotar el espacio que se reabra al público ajustándose a este umbral, siempre que cumplan todos los requisitos siguientes:
Que se reduzca al 30 por ciento el aforo total en los locales comerciales. En el caso de establecimientos distribuidos en varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas deberá guardar esta misma proporción.
En cualquier caso, se deberá garantizar una distancia mínima de dos metros entre clientes. En los locales comerciales en los que no sea posible mantener dicha distancia, se permitirá únicamente la permanencia dentro del local de un cliente.
Que se establezca un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.
Sistemas de recogida en el local de los productos adquiridos por teléfono o en línea, siempre que garanticen una recogida escalonada.
Podrá establecerse un sistema de reparto a domicilio preferente para colectivos determinados.