La consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Guadalajara, ha decretado medidas especiales en la localidad de Azuqueca de Henares.
Estas medidas se toman tan solo un día después de que el propio Gobierno regional hiciera lo mismo con la ciudad de Guadalajara.
En las semanas epidemiológicas 36 y 37 se han declarado en el municipio de Azuqueca de Henares un total de 150 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 428.46 casos/100.000 habitantes.
En concreto, según recoge la resolución, durante la semana epidemiológica número 36 (del 31 de agosto al 6 de septiembre de 2020), en Azuqueca se declararon al Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Castilla-La Mancha 67 casos de COVID-19, lo que supone una tasa de incidencia semanal de 191.38 casos por 100.000 habitantes (IC 95%).
En la siguiente semana (del 7 al 13 de septiembre de 2020), se han declarado un total de 83 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia semanal de 237.08 casos por 100.000 habitantes (IC 95%), según han informado fuentes municipales en un comunicado.
Por lo tanto, en esas dos semanas se han declarado un total de 150 casos de COVID-19, lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 428.46 casos por 100.000 habitantes (IC 95%).
La razón de tasas de incidencia entre las semanas 36 y 37 es de 1,24 (IC 95%), lo que indica una tendencia creciente.
Asimismo, desde la puesta en marcha de la Nueva Estrategia de Vigilancia (11 de mayo de 2020) se ha declarado en el municipio azudense 26 brotes de COVID-19 con 128 casos en total, la mayoría de ellos de ámbito familiar con difusión, en algún caso, a ámbitos laborales.
La tasa de incidencia acumulada y el número de casos registrados en los últimos 7 y 14 días y la razón de tasas entre las semanas 36/37 se sitúan claramente por encima de los umbrales de alerta establecidos en Castilla-La Mancha (50 casos/100.000 habitantes y 10 casos semanales).
Las medidas complementarias propuestas deberán adoptarse de manera inmediata durante al menos 14 días.
Las actuaciones sobre locales de ocio incluyen el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
La supresión del servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente
Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75% del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
Respecto a los Centros Socio-Sanitarios, suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día, supresión de visitas sociales en Residencias de Mayores, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.
No se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta. Al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días. Los residentes con IgG positiva previa, o que hayan superado la Covid-19 en el plazo de los seis meses previos (considerando caso con infección resuelta) no precisarán de dicho aislamiento preventivo.
A los trabajadores que tras su periodo vacacional se incorporen a las residencias de ancianos y viviendas tuteladas se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.
Todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.
Se restringe el número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10) y el número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos (máximo 25).
Se suspenden las actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos u otros eventos que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas
Asimismo se procede a la suspensión de la actividad de las escuelas municipales (deportes, música, danza, pintura, idiomas, …).
Suspensión de eventos deportivos y culturales promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares.
Se decreta cierre cautelar de cines, teatros y auditorios, bibliotecas y museos. Precisamente este fin de semana estaba prevista la reapertura del cine del centro joven municipal.
Los hoteles solo podrán contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%.
Se procede, asimismo, al cierre cautelar de parques y jardines
La resolución también conlleva el cierre de la Piscina Municipal y otras instalaciones recreativas de este tipo de uso público independientemente de su titularidad.
Las piscinas comunitarias de bloque de edificios no podrán superar el 25% de su capacidad
Se procede a la suspensión de espectáculos deportivos con asistencia de público, supresión de espectáculos taurinos y a la suspensión de mercadillos y mercados al aire libre. Se exceptúan aquellos casos en los que se dependa en la localidad de este tipo de comercio para el abastecimiento de productos de primera necesidad, limitando en ese caso su apertura a los puestos dedicados a la comercialización de este tipo de productos.
Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.
Se recomienda a los ciudadanos la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes.