Repsol no podrá incrementar el número de estaciones de servicio durante un año en 36 provincias, islas o ciudades autónomas, al superar la cuota de mercado del 30%, el umbral fijado para limitar este crecimiento empresarial en la normativa sobre competencia en el sector de hidrocarburos, según informa hoy MiraCorredor.Tv
Fotografía de Carmelo Adeva
En concreto, la petrolera no podrá crecer en Madrid ni Guadalajara. Tampoco podrá abrir nuevos negocios en Albacete, Alicante, Asturias, Ávila, Islas Baleares, Burgos, Cáceres, Cantabria, Ciudad Real, Córdoba, A Coruña, Cuenca, Guipúzcoa, Huelva, Huesca, León, Lleida, Lugo, Ourense, Palencia, Pontevedra, La Rioja, Salamanca, Segovia, Soria, Tarragona, Teruel, Valladolid, Vizcaya, Zamora, Zaragoza, Formentera, Ibiza y Mallorca, según consta en una resolución de la Direción General de Política Energética y Minas publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En el caso de Cepsa, las limitaciones a su crecimiento quedan restringidas a cuatro territorios: Ceuta y las islas de Formentera, Ibiza y Menorca.
Mientras, Disa tendrá limitada la expansión en el territorio canario: en las islas de Fuerteventura, Gran Canaria, La Palma, Lanzarote, Tenerife, La Gomera y El Hierro.
La normativa establece que los operadores con una cuota de mercado superior al 30% no podrán incrementar el número de instalaciones en régimen de propiedad o en virtud de cualquier otro título que les confiera la gestión directa o indirecta de la instalación.
Tampoco podrán suscribir nuevos contratos de distribución en exclusiva con distribuidores al por menor que se dediquen a la explotación de la instalación para el suministro de combustibles y carburantes a vehículos, con independencia de quién ostente la titularidad o derecho real sobre la misma.
En todo caso, la norma permite a los operadores renovar los contratos preexistentes aun cuando con ello superen la cuota de mercado establecida como tope.